El TC cierra la puerta a la devolución generalizada de lo pagado por el impuesto de plusvalía pese al voto en contra de dos magistrados

El Tribunal Constitucional ha publicado finalmente este miércoles su sentencia en la que declara la inconstitucionalidad del impuesto de plusvalía y anula el sistema para calcular la base imponible. El alto tribunal cierra la puerta a la devolución generalizada de lo pagado por los contribuyentes, pese al voto en contra de dos magistrados.

La decisión del Constitucional se conoció por adelantado la semana pasada, cuando se publicó un avance del sentido del fallo, algo que se hace cuando se trata de asuntos de calado.

Ahora el TC confirma que declara la nulidad del sistema para calcular el impuesto, lo que en los hechos impide su aplicación. También confirma que solo los contribuyentes que tuvieran una reclamación abierta a fecha de que se publicara la sentencia (26 de octubre) tendrán la oportunidad de ver devuelto lo pagado.

Puedes consultar la sentencia íntegra del alto tribunal:

Pero el TC difunde también el voto particular de dos magistrados que se inclinaban por permitir la devolución generalizada de lo pagado.

La sentencia cuenta con el voto particular formulado por el magistrado Cándido Conde-Pumpido al que se adhiere la magistrada María Luisa Balaguer Callejón, según el comunicado del TC. El magistrado propone en su voto particular un sistema alternativo al vigente de estimación objetiva de la base imponible.

En su opinión, la solución más adecuada debería haber sido no declarar la nulidad de la norma reguladora de la base, sino dar un plazo al legislador para regular el sistema alternativo, de aplicación retroactiva, que hubiera permitido pedir la devolución del impuesto en todos aquellos casos en los que la cantidad abonada no se adecuase a la plusvalía del terreno efectivamente obtenida.

Puedes leer aquí el voto particular de Conde-Pumpido

Más información en breve.

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